Derechos de los Ciudadanos

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Derecho al Ciudadano:
  • SOLICITAR: Información de cualquier órgano del Estado Dominicano y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.
  • RECIBIRInformación completa, veraz, adecuada y oportuna de cualquier órgano del Estado Dominicano y de todas las sociedades anónimas, compañías anónimas o compañías por acciones con participación estatal.
  • ACCESOGratuito a la información en tanto que no se requiera reproducción de la misma.
  • SOLICITARRecibir y difundir informaciones pertenecientes a la administración del Estado.
  • CONOCERLos proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter general que rigen las relaciones entre los particulares y la administración.
  • OPINARSobre los proyectos de reglamentos y otras disposiciones de carácter general que rigen las relaciones entre los particulares y la administración.
  • OBTENER: Información sobre los servicios que ofrece el Estado y sus tarifas.
  • SABERLa estructura, integrantes, normativas de funcionamiento, proyectos, informes de gestión, y bases de datos de la administración pública.
  • CONOCERSobre los presupuestos y cálculos de recursos y gastos aprobados, su evolución y estado de ejecución.
  • TENERInformación sobre los programas y proyectos, sus presupuestos, plazos, ejecución y supervisión.
  • ESTARAl tanto sobra las licitaciones, concursos, compras, gastos y resultados.
  • ACCEDERA la nómina del estado y sus remuneraciones.
  • CONOCERLa declaración jurada patrimonial de los funcionarios del Estado cuando su presentación corresponda por la ley.
  • RECIBIRInformación sobre el listado de beneficiarios de programas asistenciales, subsidios, becas, jubilaciones, pensiones y retiros.
  • SABERSobre el estado de cuantas, de la deuda pública, su vencimiento y pagos.
  • BUSCARLas leyes, decretos, resoluciones, disposiciones, marcos regulatorios y cualquier tipo de normativa.
  • SOLICITAR Y RECIBIROportunamente cualquier tipo de documentación financiera relativa al presupuesto público.

    En cumplimiento a la Ley 200-04 y el Decreto 130-05, el acceso a la información
    se hará efectivo siempre y cuando no afecte la seguridad nacional, el orden
    público, la salud o la moral pública o el derecho a la privacidad e intimidad de un
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